Más severidad en ley tránsito

La muerte de los hermanos José,  Margarita y Delis Santana Alcántara, el pasado miércoles, al ser atropellados por una yipeta en la avenida Jiménez Moya, ha vuelto a revivir el debate sobre la necesidad de endurecer las penas a los conductores infractores. Es una escena repetitiva porque, de acuerdo con la Organización Mundial de la Salud (OMS), República Dominicana es el segundo país, de un grupo de 182, con mayor cantidad de muertes por accidentes de tránsito, con un total de 41.7 fallecimientos por cada 100 mil habitantes y las cifras siguen aumentando.

Solo el pasado año murieron en accidentes de tránsito 1,435 personas, según las estadísticas de la Autoridad Metropolitana del Transporte (Amet), aunque existe un subregistro de casos que no son reportados. Una de las principales causas está relacionada con el consumo de alcohol, drogas y otras sustancias, que junto a la imprudencia, el exceso de velocidad y la ausencia de políticas efectivas de prevención, se convierten en los principales causas de accidentes.

La ley vigente

El tránsito en la República Dominicana está regulado por la Ley 241-67, creada hace 46 años cuando el parque de vehículos no alcanzaba ni la mitad del actual, que se aproxima a los tres millones de unidades, y la población de entonces era de 4,009,458 habitantes. Hoy la población es de 9,378,819. El artículo 93 de la ley 241 prohíbe conducir en estado de embriaguez y establece multas prácticamente irrisorias.

En caso de muertes causadas por conductores borrachos, la ley establece en su artículo 49, prisión de dos a cinco años, y multa de RD$2,000.00 a RD$8,000.00. La Ley 144-99 modificó los artículos 49, 51, 52, 109, 106, 107, 108, 153 y 161 de la 241-67, pero dejó intactas las penalidades anteriores. La obsolescencia de la legislación y la benignidad de la Justicia en la aplicación de las penalidades genera opiniones inmediatas y propuestas.

Reacciones

La fiscal del Distrito Nacional, Yeni Berenice Reynoso, en su cuenta de Twitter señaló que “la legislación de tránsito debe ser actualizada con urgencia” y consideró que “quien bajo los efectos del alcohol, sin tener licencia, mata tres personas debe recibir la sanción de un homicidio con dolo eventual, no por un homicidio imprudente”. Berenice Reynoso agregó que es vergonzoso que en el país sea común la frase de que “cuando bebo alcohol conduzco mejor” y afirmó que esa conducta debe ser castigada severamente.

Dijo que cada caso o tipo penal tiene sus particularidades y comparaciones que lo menos que evidencian es ignorancia sobre el tema en cuestión.

Sobre ese tema, el presidente del Senado, Reinaldo Pared Pérez, también expresó su parecer sobre la problemática al escribir por las redes sociales que “podrán haber todas las razones legales para liberar al que mató a los 3 hermanos. Ahora, de lo que estoy seguro es de que razón humana no la hay…No puede seguir existiendo tal desprecio por la vida humana. Cuánta indignación!!!

En tanto que el diputado por la Fuerza Nacional Progresista, Pelegrín Castillo, expresó que “en la última reforma a la ley de Tránsito se facilitó prisión preventiva. Falló la Justicia… Para el caso en cuestión, Ley 241 contempla penas de 2 a 5 años, que son penas criminales.

Castillo entiende que hay que cambiar la interpretación de la ley actual y para ello llama al Ministerio Público y al Poder Judicial a “mandar una señal fuerte con jurisprudencia”. También el procurador General de la República, Francisco Domínguez Brito, se sumó a las críticas contra la Sexta Sala Especial de Tránsito por dejar en libertad al causante de la muerte de los tres hermanos. Dijo a través de su cuenta en Twitter que “no haber acogido la prisión como medida de coerción contra el imputado es un desatino muy lamentable, esa medida ahonda la tragedia”.

Consideró que la coerción en ese caso debió ser la privación de libertad. Recuerda que el Ministerio Público solicitó prisión y afirma que apelará la medida. Indicó que el mensaje que se envía con dejarlo en libertad profundiza la tragedia. “Pelearemos duro para que se apliquen los correctivos. Prisión es lo menos malo que puede dictarse en este caso”. Dijo que el dolor que vive la familia de los tres hermanos requiere del apoyo y solidaridad de todo sistema de justicia”.

Mientras que el abogado Félix Portes solicitó al presidente Danilo Medina que apoye un proyecto de ley para modificar la Ley 241 y llamó a la población a apoyar la iniciativa cuando sea sometida al Congreso Nacional. En ocho tuits llamó a la reflexión sobre la necesidad de modificar la legislación que rige el tránsito al agregar: “Aunque no somos abogados de los familiares de las víctimas, somos de opinión que se apele esa decisión, hay que investigar si al conductor le hicieron pruebas para detectar el consumo de droga, si no hay que  sancionar a los policías”.
Proyecto de ley del diputado Tobías Crespo
En su artículo 201, el proyecto de ley establece que toda persona que cause un accidente en estado de embriaguez, bajo los efectos de drogas u otras sustancias controladas se le impondrá pena de prisión de dos a cinco años.

Si el accidente ocasionare muerte o lesión permanente a una o más personas se le impondrá pena de prisión de cinco  a diez  años. En caso de reincidencia se castigará con el máximo de las penas.
41.7
Muertes por cada 100,000 habitantes es la cifra de accidentes en el país, de acuerdo con la Organización Mundial de la Salud.
8,000
Pesos Es la multa máxima de Ley para quienes causen daños permanentes o muerte por accidentes de tránsito. (Fuente: El Caribe)
Más severidad en ley tránsito Más severidad en ley tránsito Reviewed by Noticias del Noroeste on sábado, marzo 23, 2013 Rating: 5

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