La oficina técnica de Asistencia Jurídica, la fundación Hostos y los doctores Luis Ángel Mareta, Luis Bienvenido Duverge, Héctor Joselito Rodríguez, Máximo Osuna y Orlando Objio depositaron una instancia ante el Juez de ejecución de la Pena en la que plantean su oposición a que Redondo Llenas pueda emitir sus opiniones fundamentado en carácter legal.
Tanto las entidades como los abogados entienden que una persona que está condenada de manera definitiva por los tribunales pierde sus derechos civiles y políticos y que en consecuencia, la libertad de prensa forma parte de esos derechos.
De acuerdo a las entidades que plantean su oposición a la decisión, Redondo Llenas se encuentra privado de esos derechos y en consecuencia, la decisión del juez entra en contradicción a las disposiciones contenidas en la Constitución de la República.
Según las entidades y los abogados, los artículos 17 y 28 del Código Penal Dominicano dicen que la degradación cívica que consiste en la privación de todos los derechos civiles y políticos se opone a la decisión del juez.
En consecuencia, estiman que Mario redondo Llenas tiene esos derechos conculcados como consecuencia de la pena que lo condena a una reclusión de 30 años de prisión.
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