La Unión Europea aprobó por votación de 348 votos a favor y 274 en contra, con 36 abstenciones los artículos 11 y 13 sobre Derechos de Autor en Internet que según expertos cambiará la red como la conocemos y coarta la libertad de expresión.
Con el artículo 13 por ejemplo, las plataformas como las redes sociales Twitter, Facebook o Instagram, van a tener que implementar filtros al contenido que comparten sus usuarios. Este filtro comprobará si el contenido que se sube está sujeto a derechos de autor, y si lo está y no cuenta con permiso, será automáticamente bloqueado por la red social. Esto incluye, por ejemplo, memes, gifs o videos que tengan imágenes de una película. Y también aplica para la música o audios.
En resumen, sólo se podrán compartir siempre y cuando quien lo haga tenga permiso de los dueños de esos derechos de autor, o al menos haya intentado conseguirlo por todos los medios posibles. Un ejemplo, si vas a publicar un video con imágenes de una película de Marvel, deberás tener los permisos de Marvel Studios, o una licencia para hacerlo. Lo mismo ocurrirá con memes, gifs, fotos, etc.
En el caso del artículo 11, este hará que los buscadores y los enlazadores de noticias tengan que pagar a los medios por enlazarles y mostrar pequeñas pestañas de las noticias que están mostrando. Algunos buscadores, como el propio Google, ha dicho que entonces eliminaría su servicio de noticias del buscador.
Beatriz Sanjurjo, doctora cum laude en Derecho, académica correspondiente de la Real Academia de Jurisprudencia y Legislación, profesora universitaria y escritora, dio sus opiniones en un artículo de la agencia española EFE.
“Conforme al dictado del Reglamento los datos podrán recabarse exclusivamente para fines explícitos y legítimos, y sólo utilizarse para el uso para el que se recogieron, que ha de ser siempre transparente y lícito”, explica Sanjurjo.
Y agrega: “La nueva regulación nos afecta a todos, implementa nuevos derechos y crea obligaciones a empresas, profesionales y encargados del tratamiento con sede en la UE, así como a aquellos que tengan su domicilio fuera de la UE cuando traten datos de ciudadanos europeos. Imponiendo grandes multas en caso de incumplimiento.”
También explica Beatriz que este reglamento de protección de datos incrementa el importe de las sanciones que pueden llegar a 20 millones de euros o al 4% del volumen de negocio.
La abogada concluye diciendo que “es interesante saber que ante cualquier vulneración podremos ejercitar acciones judiciales o presentar una reclamación ante la autoridad de control, la AEPD, siendo este último un sistema gratuito y sin costes ante el que, en su caso, también podrá solicitarse la correspondiente indemnización por los daños y perjuicios sufridos”.
Con el artículo 13 por ejemplo, las plataformas como las redes sociales Twitter, Facebook o Instagram, van a tener que implementar filtros al contenido que comparten sus usuarios. Este filtro comprobará si el contenido que se sube está sujeto a derechos de autor, y si lo está y no cuenta con permiso, será automáticamente bloqueado por la red social. Esto incluye, por ejemplo, memes, gifs o videos que tengan imágenes de una película. Y también aplica para la música o audios.
En resumen, sólo se podrán compartir siempre y cuando quien lo haga tenga permiso de los dueños de esos derechos de autor, o al menos haya intentado conseguirlo por todos los medios posibles. Un ejemplo, si vas a publicar un video con imágenes de una película de Marvel, deberás tener los permisos de Marvel Studios, o una licencia para hacerlo. Lo mismo ocurrirá con memes, gifs, fotos, etc.
En el caso del artículo 11, este hará que los buscadores y los enlazadores de noticias tengan que pagar a los medios por enlazarles y mostrar pequeñas pestañas de las noticias que están mostrando. Algunos buscadores, como el propio Google, ha dicho que entonces eliminaría su servicio de noticias del buscador.
Beatriz Sanjurjo, doctora cum laude en Derecho, académica correspondiente de la Real Academia de Jurisprudencia y Legislación, profesora universitaria y escritora, dio sus opiniones en un artículo de la agencia española EFE.
“Conforme al dictado del Reglamento los datos podrán recabarse exclusivamente para fines explícitos y legítimos, y sólo utilizarse para el uso para el que se recogieron, que ha de ser siempre transparente y lícito”, explica Sanjurjo.
Y agrega: “La nueva regulación nos afecta a todos, implementa nuevos derechos y crea obligaciones a empresas, profesionales y encargados del tratamiento con sede en la UE, así como a aquellos que tengan su domicilio fuera de la UE cuando traten datos de ciudadanos europeos. Imponiendo grandes multas en caso de incumplimiento.”
También explica Beatriz que este reglamento de protección de datos incrementa el importe de las sanciones que pueden llegar a 20 millones de euros o al 4% del volumen de negocio.
La abogada concluye diciendo que “es interesante saber que ante cualquier vulneración podremos ejercitar acciones judiciales o presentar una reclamación ante la autoridad de control, la AEPD, siendo este último un sistema gratuito y sin costes ante el que, en su caso, también podrá solicitarse la correspondiente indemnización por los daños y perjuicios sufridos”.
(Tomado de: diariolibre.com)
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