Santo Domingo.- El Presidente Danilo Medina promulgó la Ley 17-19 para la erradicación del comercio ilícito, contrabando y falsificación de medicamentos, hidrocarburos, alcohol y sus derivados y tabaco y sus derivados.
La información fue ofrecida por el portavoz del Gobierno y director general de Comunicación, Roberto Rodríguez Marchena, a través de su cuenta en Twitter.
El Ministerio Público, mediante la procuraduría especializada correspondiente, será el encargado de ejercer la representación, defensa y persecución de los intereses del Estado, según establece el artículo 6 de la promulgada Ley.
En caso comprobarse que los registros o controles fiscales, los requerimientos de calidad o salud pública han sido alterados, no se aplican o se han falseado, la licencia o permiso será suspendido de manera temporal.
La nueva ley dice en su artículo 26, que si es reincidente se le puede suspender la licencia temporal o permanente según la gravedad de la infracción.
La información fue ofrecida por el portavoz del Gobierno y director general de Comunicación, Roberto Rodríguez Marchena, a través de su cuenta en Twitter.
El Ministerio Público, mediante la procuraduría especializada correspondiente, será el encargado de ejercer la representación, defensa y persecución de los intereses del Estado, según establece el artículo 6 de la promulgada Ley.
En caso comprobarse que los registros o controles fiscales, los requerimientos de calidad o salud pública han sido alterados, no se aplican o se han falseado, la licencia o permiso será suspendido de manera temporal.
La nueva ley dice en su artículo 26, que si es reincidente se le puede suspender la licencia temporal o permanente según la gravedad de la infracción.
(Fuente: elcaribe.com.do)
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