SANTO DOMINGO. El senador por la provincia San Juan, Félix Bautista, declaró que ni él ni las sociedades comerciales de las cuales es accionista poseen cuentas bancarias ni bienes de ninguna naturaleza en Estados Unidos.
El secretario de organización del PLD señaló que la alusión hecha en algunos comunicados de prensa, sobre la congelación de activos, es “genérica”, partiendo de lo dispuesto por la Ley “Global Magnitsky de Derechos Humanos y Responsabilidad” S.284, que regula la materia.
En una nota de prensa, indicó que la decisión del Departamento del Tesoro de los Estados Unidos es el resultado de las informaciones suministradas por el exprocurador general de la República, Francisco Domínguez Brito, a raíz de las imputaciones que formulara en su contra en el año 2014, “las cuales adquirieron la autoridad de la cosa irrevocablemente decidida desde el punto de vista penal, por el sistema judicial dominicano”.
Bautista señaló que “precisamente, como resultado de dichas imputaciones infundadas, a mí y a mi familia nos fueron revocados los visados que nos había otorgado los Estados Unidos, lo cual ocurrió desde el año 2015”.
Afirmó que la legislación S.284, en la que se fundamentó el Departamento del Tesoro, consagra en el Título Segundo, letra g), numeral 2, que las sanciones de este tipo pueden ser revocadas, si “la persona ha sido procesada apropiadamente por la actividad para la cual se impusieron las sanciones”.
Indicó que en su caso se cumple este requisito, ante la existencia de las decisiones definitivas emanadas del Poder Judicial en el año 2015, por lo que, oportunamente, estará suministrando dichas decisiones a las autoridades competentes de los Estados Unidos.
En relación a las obras de Haití, señaló que fueron ganadas mediante licitaciones efectuadas conforme las leyes haitianas y ha cumplido con sus obligaciones contractuales.
“En la actualidad, es el Estado haitiano que adeuda cubicaciones pendientes por los trabajos realizados”, dijo.
El secretario de organización del PLD señaló que la alusión hecha en algunos comunicados de prensa, sobre la congelación de activos, es “genérica”, partiendo de lo dispuesto por la Ley “Global Magnitsky de Derechos Humanos y Responsabilidad” S.284, que regula la materia.
En una nota de prensa, indicó que la decisión del Departamento del Tesoro de los Estados Unidos es el resultado de las informaciones suministradas por el exprocurador general de la República, Francisco Domínguez Brito, a raíz de las imputaciones que formulara en su contra en el año 2014, “las cuales adquirieron la autoridad de la cosa irrevocablemente decidida desde el punto de vista penal, por el sistema judicial dominicano”.
Bautista señaló que “precisamente, como resultado de dichas imputaciones infundadas, a mí y a mi familia nos fueron revocados los visados que nos había otorgado los Estados Unidos, lo cual ocurrió desde el año 2015”.
Afirmó que la legislación S.284, en la que se fundamentó el Departamento del Tesoro, consagra en el Título Segundo, letra g), numeral 2, que las sanciones de este tipo pueden ser revocadas, si “la persona ha sido procesada apropiadamente por la actividad para la cual se impusieron las sanciones”.
Indicó que en su caso se cumple este requisito, ante la existencia de las decisiones definitivas emanadas del Poder Judicial en el año 2015, por lo que, oportunamente, estará suministrando dichas decisiones a las autoridades competentes de los Estados Unidos.
En relación a las obras de Haití, señaló que fueron ganadas mediante licitaciones efectuadas conforme las leyes haitianas y ha cumplido con sus obligaciones contractuales.
“En la actualidad, es el Estado haitiano que adeuda cubicaciones pendientes por los trabajos realizados”, dijo.
(Fuente: diariolibre.com)
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