Sistema judicial prefiere imponer la prisión preventiva a imputados

SANTO DOMINGO. La solicitud o imposición de prisión preventiva como medida de coerción ha sido desde hace más de 27 años el instrumento más aplicado por los fiscales y jueces para garantizar la permanencia de un imputado en el proceso que se le siga en la jurisdicción penal.

Aunque el Código Procesal Penal establece en su artículo 222 como principio general, que toda persona tiene derecho a la libertad y a la seguridad personal; que las medidas de coerción tienen carácter excepcional y que la prisión es la última medida enumerada en el Art. 226, en la práctica la prisión es la más utilizada en materia penal.

Desde el 1989 más del 60 por ciento de los presos son preventivos, lo que en números netos ha ido en aumento, pese a las modificaciones que se han hecho a las legislaciones, así como doctrinas o jurisprudencias de la Suprema Corte de Justicia y el Tribunal Constitucional.

Las 29 cárceles que existían en República Dominicana en septiembre de 1989, tenían una población de 8,026 personas privadas de libertad, de las cuales 6,907 eran preventivas para el 86% del total general. Mientras que en lo que va de 2017, en los cuarenta y dos centros penitenciarios hay 25,159 hombres y mujeres guardando prisión o cumpliendo condenas por violaciones a las leyes y el Código Penal Dominicano.

La Dirección General de Prisiones continúa teniendo bajo su responsabilidad el mayor número de personas privadas de libertad distribuidas en las 19 cárceles del modelo tradicional: 16,359, la misma cifra del año 2016. En tanto que en los 22 Centros de Corrección y Rehabilitación hay, en lo que va de año, una población de 8,800 hombres y mujeres. El año pasado concluyó con 8,676 presos.

Según las estadísticas de la Procuraduría General de la República de febrero del 2016, de los 24,891 recluidos en centros penitenciarios 15,157 eran preventivos y 9,734 cumplían condenas definitivas.

El artículo 226 del CPP dice que a solicitud del Ministerio Público o del querellante, y en la forma, bajo las condiciones y por el tiempo que se explica en el Código, el juez puede imponer al imputado, las siguientes medidas de coerción: 1) La presentación de una garantía económica suficiente; 2) La prohibición de salir sin autorización del país, de la localidad en la cual reside o del ámbito territorial que fije el juez; 3) La obligación de someterse al cuidado o vigilancia de una persona o institución determinada, que informa regularmente al juez; 4) La obligación de presentarse periódicamente ante el juez o ante la autoridad que él designe; 5) La colocación de localizadores electrónicos, sin que pueda mediar violencia o lesión a la dignidad o integridad física del imputado; 6) El arresto domiciliario, en su propio domicilio o en custodia de otra persona, sin vigilancia alguna o con la que el juez disponga; 7) La prisión preventiva.

“En cualquier caso, el juez puede prescindir de toda medida de coerción, cuando la promesa del imputado de someterse al procedimiento sea suficiente para descartar el peligro de fuga”, señala el CPP.
(Fuente: diariolibre.com)
Sistema judicial prefiere imponer la prisión preventiva a imputados Sistema judicial prefiere imponer la prisión preventiva a imputados Reviewed by Noticias del Noroeste on viernes, junio 16, 2017 Rating: 5

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