Industria y Comercio suspenderá licencia a distribuidoras que suplan combustibles a estaciones ilegales

SANTO DOMINGO. El Ministerio de Industria y Comercio (MIC) dispuso este miércoles que serán suspendidas hasta por sesenta días las licencias de las empresas autorizadas a distribuir al por mayor combustibles derivados del petróleo y gas natural, que vendan estos a personas físicas o jurídicas que comercializan al detalle o los suministran al consumidor final desde tanques o dispositivos de depósito sin contar con licencia de operación de estación de expendio.

Según el comunicado, en el caso de las empresas que se compruebe han violado esta resolución por segunda ocasión, el MIC procederá a la cancelación definitiva de las licencias de distribución, informó Ramón Cruz, director de Hidrocarburos, en una rueda de prensa en la que estuvo acompañado de Nadim Rivas, director del Plan Regulador y del periodista Manuel Jiménez, director de Comunicaciones del Ministerio de Industria y Comercio.

De acuerdo con la resolución número 239 del 26 de octubre del 2016, el MIC procederá de inmediato a “la inhabilitación de los tanques o dispositivos para depósito de combustibles líquidos instalados por personas físicas o jurídicas, que, sin disponer de una licencia de operación de estación de expendio, se compruebe estén vendiendo al detalle o suministrando combustibles al consumidor final desde depósitos irregulares”.

Por el artículo tercero de la resolución, el MIC, a través de sus organismos y departamentos, en coordinación con el Cuerpo Especializado de Control de Combustibles (CECCOM), supervisará el estricto cumplimiento de las formalidades señaladas en la presente resolución, pudiendo auxiliarse de la Policía Nacional, el Ministerio Público y de cualquier otro organismo de seguridad del Estado que estime pertinente.

La resolución, divulgada a través de la Dirección de Comunicaciones del MIC y que está firmada por el ingeniero Temístocles Montás, titular de la institución, fue enviada a la Dirección de Hidrocarburos, al Plan Regulador Nacional, a la Unidad de Inspección y Supervisión del Ministerio de Industria y Comercio, al Cuerpo Especializado de Control de Combustibles (CECCOM) y la publicación en la prensa.

El comunicado indica que para adoptar su resolución, el MIC tomó en consideración que en los últimos años ha venido detectándose la mala práctica de algunas personas físicas y jurídicas, de adquirir irregularmente combustibles derivados del petróleo, así como gas natural, y almacenarlos en dispositivos de depósito o tanques con la intención de venta al detalle al consumidor final, sin contar con licencia de operación de estación de expendio de combustibles y, por tanto, de instalaciones que garanticen las condiciones de operación y seguridad necesarias. Igualmente, tomó en cuenta que el expendio de los combustibles es un servicio estratégico y de seguridad nacional cuya supervisión corresponde de manera indelegable al Estado dominicano, a través del Ministerio de Industria y Comercio.
(Fuente: diariolibre.com)
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